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lunes, febrero 17, 2025
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«El Procurador ha lanzado varios dardos sin llegar al punto»

Ante las continuas apariciones públicas del Procurador Regional de San Martín, Abogado Elidelgio Mori Trigozo, realizando denuncias que apuntan al Gobierno Regional y otros actores,  VOCES buscó la opinión legal para conocer las atribuciones que le permite la ley para ejercer sus funciones,  por ello es que acudimos al Abogado Ivan Ruiz Coca y esto es lo que nos señaló:  “Obviamente la defensa jurídica del Estado recae en su investidura, según su cargo, eso sí, él es el responsable de llevar a cabo la defensa jurídica de los intereses del Estado”

¿O es que las carpetas fiscales no tienen la madurez para que se habrán los procesos que haya tenido a su cargo y la fiscalía actuar?

El abogado Ivan Ruiz, nos dice “revisando los medios de comunicación, él habla y habla y expone, pero ya creo está alcanzando un nivel de novela, de protagonismo político y no está centrando a su función, él debe haber manejado alguna municipalidad o asesorías en gobiernos regionales en otros lugares, porque el procurador de una municipalidad al conocer un informe que puede emitir el área legal de una municipalidad remite los actuados a través de la gerencia municipal o a la gerencia regional, para que el procurador se haga cargo o tome sus acciones de acuerdo a sus atribuciones”

Percibo que el señor, cualquier momento creo que va a dejar su cargo de procurador y después le vamos a ver puesto con un polo político para postular lo que quizás sueña ser un político o ser gobernador regional, entonces, el espíritu de la norma para hacer defensa judicial de los intereses del Estado, refuerza su análisis.

Ivan Ruiz Coca

Sobre propiedad jurídica

El abogado anota que la ley última que es la 31433  publicada el 06 de marzo del año 2022, señala que ahora le corresponde al órgano especializado de las diferentes entidades pasar directamente a la Defensa Jurídica del Ministerio de Justicia, quienes tienen la posición de quienes van a ser los procuradores; “entonces, en base a esta norma, yo veo que el señor Procurador Elidelgio Mori Trigoso está alcanzando protagonismo político que no está asignado a sus funciones y esto estaría afectando en sí la el real fiscalización de los recursos del Estado en el gobierno regional como debería ser” señala Ruiz Coca.

Además, es conocido que la Contraloría General de la República en materia descentralizada, toda municipalidad tiene a la OSE que  periódicamente recaudan información de diferentes áreas de donde se ve las irregularidades y también notifican dentro de la norma para que hagan sus descargos,  obviamente, si algún funcionario que haya cometido la responsabilidad primero va por el plano administrativo, si se encuentra la responsabilidad penal, se  remite a  la procuraduría para que pase al ámbito penal o hagan las denuncias preventivas, pero no debemos dejar de lado que hay instituciones u organismos del Estado que cumplen su rol, anota

Conformismos y acomodo político de consejeros y regidores

Sobre el proceder de los consejeros y regidores, el abogado es puntual “Es sabido políticamente que en una municipalidad,  que lo que dicen los regidores es letra muerta, ellos deben ser los que fiscalizan pero al final no lo hacen,  esa es una novela respaldada por la tradicionalidad en el Perú, y no lo hacen porque siempre ven en su mejoría, -estar bien-  es la realidad, lo que percibe la población, están bien acomodados con los alcaldes y no  fiscalizan,  igual en el gobierno regional, los consejeros regionales al final ¿Qué hacen? utilizan sus redes sociales para avasallar, aplaudir, para conseguir me gustas, likes, de lo que el gobierno regional está atendido con obras en diferentes caseríos, distritos o provincias, pero la función del consejero es fiscalizar administrativamente, se sabe que, quienes están a cargo de gerencias deben darles todas las facilidades a los consejeros cuando pidan sus informes igual que en una municipalidad” enfatiza

La posición jurídica, legal, institucional, según su investidura, él como procurador debe tener las bases concretas, tener los informes que realizan las gerencias y obviamente para hacer las denuncias, estar presente si lo citan a una audiencia judicial, estar debidamente acreditado.

El jurista finaliza sus observaciones “el señor despotrica, opina políticamente, lanza opiniones sin exponer documentos, más bien puede destacar si estableció denuncia ante el Ministerio Público, eso es lo que debería informar dentro del plano y el trámite procesal que la norma señala para estos casos el código procesal penal” anota.

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