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viernes, enero 24, 2025
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Empresa autorizada por MTC se instalará en Yurimaguas

En conferencia de prensa ofrecida ayer en el salón Julio C. Pinedo de la Municipalidad de Alto Amazonas, Jorge Romero, director ejecutivo de la empresa Centro de Automoción Perú S.A.C., informó que desde el 30 de agosto del presente año, iniciará la prestación de servicios de revisión técnica de vehículos de transporte público de carga y pasajeros y particulares que usen las vías públicas terrestres, de acuerdo al reglamento de la Ley 29237, que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares.

La empresa tiene autorización vigente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar este servicio, y está ubicada en la Carretera Marginal Norte, 365, Morales, San Martín, Tarapoto, Perú.

Romero informó que instalarán una planta móvil en el Asentamiento Humano Buena Vista de Yurimaguas, para ofrecer este servicio.

En la conferencia de prensa estuvieron presentes el jefe de la División de Tránsito de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, Luis Luque Flores, y el comisario de la Policía Nacional de Yurimaguas, My. PNP Juan Carlos Rubio.

APUNTES DE LA LEY
La Ley N° 29237 crea el sistema nacional de inspecciones técnicas vehiculares, el cual se encarga de certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos y el cumplimiento de las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normatividad nacional, con el objeto de garantizar la seguridad del transporte y tránsito terrestre, y las condiciones ambientales saludables.

La referida ley, establece que el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares es de aplicación en todo el territorio de la república y alcanza a todos los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres.

Los vehículos sujetos a las Inspecciones técnicas vehiculares son aquellos inscritos en el Registro de Propiedad Vehicular que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional, que tengan más de dos años de antigüedad; deben someterse y aprobar periódicamente las Inspecciones técnicas vehiculares, a excepción de aquellos exonerados por el presente reglamento.

Únicamente podrán circular por las vías públicas terrestres a nivel nacional, aquellos vehículos que hayan aprobado las inspecciones técnicas vehiculares, de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.

Se encuentran exonerados de la inspecciones técnica vehicular los vehículos de categoría L1 y L2, los de matrícula extranjera y los de colección. (Roger Torres)

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