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lunes, abril 21, 2025
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Municipalidad de Rioja subvencionó a pastores de iglesias

Se entregaron más de 6 mil soles a personas naturales gracias a acuerdo de Concejo

Mediante resoluciones de alcaldía 357; 360 y 361 del 2023, provenientes del Acuerdo de Concejo Municipal 032-2023, la Municipalidad Provincial de Rioja, dio subvenciones económicas hasta por 5 UIT, a un grupo de beneficiarios entre ellos a pastores de iglesias evangélicas, utilizando al artículo 59 de la Ley Orgánica de Municipalidades, la misma que no tiene nada que ver con «regalar plata” de todos los riojanos

En el grupo de beneficiarios tenemos a varios pastores “vivazos”, que no contentos con el diezmo que captan de sus seguidores, encontraron un gobierno local para desplumarlo. Dicho acuerdo es una delicia, porque también hacen su «interpretación auténtica», al señalar «que la concepción de subvenciones se puede entender como donación de dinero». Adicionalmente hacen referencia, de manera extraña, al artículo 59 de la Ley Orgánica de Municipalidades, la misma que no tiene nada que ver con «regalar plata” de un municipio.

Resulta que en las partes resolutiva de la Resolución de Alcaldía 357-2023-A/MPR, el alcalde Jubinal Nicodemos Flores, alcalde de Rioja, autorizó la subvención económica de 2 mil 844 soles, con 98 céntimos, dice la resolución a favor del pastor Juan De La Cruz Becerra Díaz, el apoyo con materiales de construcción de la cocina y el comedor de la iglesia Cristiana Evangélica “Las Asambleas de Dios del Perú” del distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja.

Con la Resolución de Alcaldía 360-2023-A/MPR, el alcalde subvencionó también con 4 mil 550 soles, a favor del pastor Franklin Ventura Martínez, para el apoyo con materiales de construcción para la Casa Pastoral de la iglesia Pentecostés Misionera de Nueva Jerusalén, distrito de Elías Soplín Vargas, provincia de Rioja.

Asimismo, con una tercera Resolución de Alcaldía, esta vez la, 361 357-2023-A/MPR, autorizó la subvención económica de 6 mil 300 soles a favor del pastor Eduardo Chávez Marrufo, de igual modo para la construcción de un comedor de la iglesia Pentecostés Misionera de Segunda Jerusalén, del distrito de Nueva Cajamarca.

Sucede que, las mencionadas subvenciones se hicieron directamente a los pastores, como personas naturales, más no a las iglesias como personas jurídicas, cuando la Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que, de manera exclusiva y excluyente esta prerrogativa el Concejo en Pleno, según el artículo 9, respecto a las atribuciones del Concejo Municipal, le corresponde aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública.

Es más, el artículo 59, sobre la disposición de bienes municipales dice que, los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modificado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del Concejo Municipal. Estos acuerdos deben ser puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República en un plazo no mayor de 7 días, bajo responsabilidad. Algo que en el Concejo Municipal no habrían tomado en cuenta.

La defensa del alcalde de Rioja, Jubinal Nicodemos Flores, fue sólo decir que así también se apoyaron a otras iglesias y algunas instituciones educativas, pero no explicó si existe sustento técnico para dar esas subvenciones.

Es más, se ha confirmado que el ciudadano Paolo Sánchez Guardamino, ha presentado por mesa de partes de la Municipalidad Provincial de Rioja, el pedido de Procedimiento de declaración de vacancia del cargo de regidores y alcalde, por dichas subvenciones.

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