La decisión responde a presuntas omisiones durante la pandemia de la COVID-19. La Procuraduría podrá reclamar una reparación civil de S/ 200 mil a favor del Estado.
El Poder Judicial dispuso el archivo del proceso penal contra el exministro de Salud Víctor Zamora, investigado por presuntas omisiones durante su gestión en el gobierno del expresidente Martín Vizcarra, tras declarar fundado el requerimiento fiscal de sobreseimiento.
La resolución fue emitida el 20 de octubre por el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley, quien aceptó el pedido presentado el 11 de junio por la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. El caso estaba relacionado con el presunto delito de omisión, rehusamiento y demora de actos funcionales, en agravio del Estado.
El magistrado determinó que se cumplían los requisitos establecidos en el artículo 344 del Código Procesal Penal para sobreseer los dos hechos atribuidos al exministro. Asimismo, declaró infundada la oposición de la Procuraduría Pública, que había solicitado devolver el expediente a la Fiscalía Suprema para corregir el requerimiento y formular acusación penal.
No obstante, la Procuraduría podrá reclamar una reparación civil de S/ 200 mil a favor del Estado, derecho que el juez dejó a salvo para ser ejercido conforme a las normas procesales vigentes.
La investigación se formalizó durante la gestión de la entonces fiscal de la Nación, Delia Espinoza, tras una resolución legislativa aprobada por el Congreso el 13 de diciembre de 2024. El Parlamento también dispuso la inhabilitación de Zamora por 10 años para ejercer la función pública, por infracción a la Constitución.
Según la tesis fiscal, Zamora habría adquirido pruebas rápidas en lugar de pruebas moleculares para detectar la COVID-19, lo que presuntamente afectó el cerco epidemiológico y las medidas de aislamiento. El segundo hecho investigado fue una presunta demora en emitir una disposición para el uso de oxígeno medicinal con una concentración no menor al 93 %.
Con esta resolución, el proceso penal queda archivado por los hechos comprendidos en el requerimiento de sobreseimiento, mientras la posibilidad de reclamar una reparación civil permanece abierta conforme a ley.



