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domingo, junio 1, 2025
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Solicitan al Congreso derogar ley que facilita armas para comités de autodefensa

Defensoría del Pueblo: Congreso de la República debe priorizar derogatoria de ley  

La ley supone la renuncia del Estado a su obligación de asegurar la seguridad ciudadana, por lo que es inconstitucional. 

La Defensoría del Pueblo, en oficios dirigidos al Congreso de la República, ha solicitado que se priorice el debate del Proyecto de Ley n.° 2498/2021, que propone la derogatoria de la Ley n.º 31494 y garantiza el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas u originarios. De esta forma, se estaría cautelando los derechos fundamentales de esta población, la cual se vería afectada si se facilita el uso de armas de fuego a los comités de autodefensa (CAD). 

Cabe indicar que la institución se pronunció en contra de la Ley n.º 31494, puesto que promueve la renuncia del Estado a su obligación de asegurar la seguridad ciudadana en zonas rurales. Como se advirtió, esta ley traslada de forma inconstitucional esta responsabilidad estatal a los CAD y les permite un mayor uso de armas de fuego, además de concederles atribuciones propias de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas. 

De acuerdo con el artículo 44 de la Constitución, corresponde al Estado adoptar medidas necesarias para garantizar la soberanía nacional, el orden interno y la seguridad ciudadana. Por ello, resulta grave y peligroso que no se asuma esta responsabilidad, lo cual también colisiona con los derechos fundamentales de los pueblos indígenas. 

En efecto, los derechos de las comunidades campesinas y nativas relacionados a su identidad cultural, a la autonomía organizativa, a la jurisdicción comunal y la consulta previa –reconocidos por el Convenio n.° 169 de la OIT y la Constitución– se verían afectados. La norma cuestionada dispone que los CAD formen parte de la estructura organizacional de los pueblos indígenas, y les otorga diversas funciones y prerrogativas que rompen con la forma en que las propias comunidades deciden cuáles serán sus instituciones comunales y sus funciones. 

Las organizaciones indígenas y representantes de la sociedad civil han manifestado su enérgico rechazo a los alcances de la propuesta legislativa durante su debate y aprobación. Al respecto, la Defensoría del Pueblo ha venido coordinando con ellos acciones de defensa para garantizar sus derechos y la seguridad ciudadana en sus territorios. 

Debido a ello, en oficios dirigidos a la presidencia de las comisiones de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, y de Defensa Nacional de Orden Interno, Desarrollo Alternativo y de Lucha contra las Drogas, se ha solicitado priorizar el debate del Proyecto de Ley 2498/2021, a fin de lograr la pronta derogación de la Ley n.° 31494. La Defensoría del Pueblo aguarda que el Congreso de la República atienda esta solicitud, que se enmarca en la defensa de los derechos fundamentales de la población. 

Peligro paramilitar, no se ha escuchado aun de parte del gobierno una postura clara 

El Congreso ha aprobado por insistencia una ley que amplía el régimen de existencia de los comités de autodefensa, esas organizaciones de patrullaje civil rural que surgieron como grupos paramilitares durante el conflicto armado interno para enfrentar a Sendero Luminoso, y que, en ese trance, cometieron graves violaciones de derechos humanos en los territorios donde operaban. 

La ley aprobada por el Congreso les otorga reconocimiento, les asigna funciones en los ámbitos del mantenimiento del orden interno y de la seguridad nacional, y de ese modo alienta implícitamente a que se multipliquen las entidades de ese tipo. Al amparo de esa norma, dichos grupos paramilitares tendrán un acceso mayor a armamento y se constituirán en una fuerza paralela a las fuerzas armadas y la policía nacional. 

Así, mientras debería ser una preocupación central del Estado el extinguir todo rastro de paramilitarismo y restaurar su dominio exclusivo sobre el uso legal de la fuerza para cautelar el orden público, las diversas fuerzas presentes en el Congreso hacen exactamente lo contrario: diluir y relativizar el papel del Estado en ese rol crítico, y peor aún, si cabe, multiplicar los riesgos de violencia letal contra la población civil. 

No cabe ignorar, en efecto, que el contexto en el que operan los comités de autodefensa se presta grandemente a ese peligro. Se trata de zonas de emergencia donde se desarrollan diversas actividades ilegales como el comercio ligado al narcotráfico, la minería ilegal, la explotación de madera ilegal, el contrabando, la trata de personas y otras. Tampoco cabe pasar por alto las serias advertencias hechas por expertos y autoridades anteriores sobre los contactos entre los comités de autodefensa y dichas actividades. Adicionalmente, esta licencia a grupos armados en espacios locales donde existen intereses contrapuestos puede conducir también a la violencia dentro de las comunidades. A eso cabe sumar el enconado ambiente político de estos años, con grupos dados a la violencia en escenarios urbanos. 

Es un tema de preocupación constante y creciente, dada la existencia de conflictividad en diversas zonas en el marco de protestas socioambientales. En esta situación, la ampliación o el impulso a los comités de autodefensa aparece como una decisión irresponsable y que expone desde ya a la población civil a violaciones de derechos humanos. No se ha escuchado aun de parte del gobierno una postura clara al respecto, lo cual es indispensable ante un hecho tan grave. 

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