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Solicitan rectificación por noticia sobre cardiólogo de hospital MINSA Moyobamba

MÉDICO EDWIN SEGOVIA ESPINO
MÉDICO EDWIN SEGOVIA ESPINO

Tarapoto. A través de una carta notarial Edwin Segovia Espino, pide que se aclare una nota realizada en el diario Voces el 26 de junio del año en curso, indicando que aquella información lesionan su honor y buena reputación como persona y profesional.

Vale aclarar que la información se tomó de una carta emitida por la señora Rosa Padilla Tuesta, dirigida al Dr. Héctor Pereda Serna, donde expresa su queja por maltrato verbal y psicológico.

En ningún momento hubo intención de hacer daño a su honor y buena reputación, solo se tomó como base la carta en mención.

Además, como medio de comunicación, podemos realizar rectificación de algunas apreciaciones inexactas, de acuerdo a la carta emitida por el médico Edwin Segovia Espino.

No hubo ni habrá ninguna intención personal de molestar su trabajo, y hay que indicar, que mucha información que recibimos nos llega desde adentro de las mismas instituciones públicas, y no solamente del sector Salud.

Compartimos la carta notarial recibida por el diario Voces:

Moyobamba, 27 de Julio de 2016

Señor:
LENIN QUEVEDO BARDALEZ
Director (e) del Diario Voces.

En virtud a lo establecido en el inciso 7 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, me dirijo a usted en su condición de Director del Diario Voces para solicitarle la RECTIFICACIÓN INMEDIATA de la información propalada en du diario en la página 3 del día 26 de Julio de 2016, titulado “APARECE GRAVE ACUSACIÓN CONTRA CARDIOLOGO DEL HOSPITAL MINSA” “Según denuncia, médico induciría a pacientes para que vayan a atenderse en su clínica “, toda vez, que en la misma se hacen afirmaciones inexactas que lesionan mi honor y mi buena reputación como persona y profesional conforme a los siguientes fundamentos:
– Que, es verdad que el día 10 de junio de 2016, atendí a la paciente ROSA CECILIA PADILLA TUIESTA en el servicio de cardiología, desde un principio al recibirla fui amable con la paciente, tal y como manifiesta la misma paciente en su escrito de queja de fecha 16 de junio de 2016, a que le dije: “en que te puedo servir”.
– Al momento que la paciente ROSA CECILIA PADILLA TUESTA ingresa a consulta, se encontraba con sus funciones vitales estables con P/A: 120/70 tal y como consta en la historia clínica por lo que en ese momento no requería tomar ninguna medicación antihipertensiva, muy por el contrario era necesario indicarle pruebas que permitan si la paciente es efectivamente hipertensa o no.
– Es falso que mi persona haya inducido a la paciente ROSA CECILIA PADILLA TUESTA para que deje de atenderse en el hospital de contingencia y se vaya a realizar un chequeo en mi clínica privada, como tendenciosamente afirma la nota periodística del cual solicitamos la rectificación.
– Es falso que mi persona ha impedido que la paciente ROSA CECILIA PADILLA TUESTA reciba la atención por Seguro Integral de Salud.
– Como es del público conocimiento nuestro Hospital de Contingencia adolece de equipos médicos que permitan realizar un mejor diagnóstico médico, por lo que los pacientes muchas veces acuden a clínicas particulares donde se realizan exámenes médicos especializados, siendo ellos libres de acudir a cualquier clínica.
– Es falso que mi persona haya desechado el examen de electrocardiograma, prueba de ello es que dicho examen obra en la Historia Clínica de la paciente ROSA CECILIA PADILLA TUESTA. Al respecto es de precisar que los pacientes desconocen las pruebas necesarias para diagnósticos adecuados y como la gran mayoría de pacientes asume que con las pruebas que tenemos en el hospital de contingencia en este caso el electrocardiograma, son suficientes para realizar diagnósticos precisos para cualquier patología y es consecuencia de esta forma de pensar que mal interpreta la explicación que el médico puede brindarle en cuanto a la necesidad de otras pruebas.
– Es falso que la paciente ROSA CECILIA PADILLA TUESTA, sea paciente con referencia ambulatoria desde el Puesto de Salud la Primavera como afirma en su queja, pues es paciente del Hospital de Moyobamba conforme se puede verificar en la consulta en línea del Seguro Integral de Salud y de su ficha de identificación de consulta externa.
– Igualmente es falso que mi persona ha realizado algún tipo de maltrato (verbal y psicológico) en agravio de la persona de ROSA CECILIA PADILLA TUESTA.
– Es de precisar que a la fecha la queja interpuesta por ROSA CELIA PADILLA TUESTA, no obra en los archivos de la Dirección del Hospital y me llama la curiosamente la atención que la misma aparezca en la redacción de su diario.
– En ese sentido y en atención a lo antes expuesto, resulta procedente al pedido de rectificación.

Siendo la rectificación un derecho constitucional, frente al agravio del honor de un ciudadano ante una información tendenciosa, inexacta. Imprecisa y carente de objetividad, SOLICITO a usted, que en el plazo de siete días de recibida la presente, efectúe la correspondiente rectificación de las afirmaciones inexactas realizadas en su diario, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que hubiera por el daño a mi honor y buena reputación que ha causado con su mal intencionada y arbitraria publicación.

Atentamente
EDWIN SEGOVIA ESPINO

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