Ayer lunes se publicó el Decreto Supremo N° 014-2019-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, que desarrolla las disposiciones para prevenir, investigar y sancionar los actos de hostigamiento sexual, combatiendo de modo más efectivo estos hechos, que sufren particularmente las mujeres y que impacta considerablemente en sus vidas.
Según se establece, el Reglamento será aplicable en el ámbito laboral (público y privado), educativo (educación básica, técnico-productiva y superior, pública y privada), en las Instituciones de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú (incluyendo sus centros de formación), así como en otras relaciones de sujeción, sin importar el régimen contractual, legal o lugar de ocurrencia de los hechos.
De igual modo, se dispone que las instituciones públicas y privadas implementen medidas de prevención del hostigamiento sexual, como herramientas de evaluación y diagnóstico periódicas para identificar posibles situaciones de hostigamiento sexual o riesgo de que estas ocurran, con la finalidad de implementar mejoras para impedir dichos actos.