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viernes, abril 26, 2024

Efectos de la ley derogada en el agro

El gobierno oficializó la norma que deroga la Ley de Promoción Agraria, aprobada el último viernes en el Congreso tras las protestas desatadas en diferentes regiones del país. Ahora, la creación de una nueva ley estaría en manos de una comisión multipartidaria del Parlamento, que ha indicado terminará esa labor en una semana.

—Régimen agrario—
La ley en mención (N° 27360) fue promulgada en el 2001 con el objetivo de dinamizar las actividades del sector agropecuario y agroindustrial, y fue prorrogada en el 2019 por el Congreso de la República hasta el año 2031.

Con la prórroga, se incrementaron los beneficios para los trabajadores. La remuneración mínima diaria para aquellos que trabajan más de 4 horas al día se incrementó de S/36,29 a diciembre del 2019 a S/39,19, incluido el pago de gratificaciones y CTS.

Asimismo, el periodo de vacaciones se amplió de 15 a 30 días y la indemnización por despido arbitrario subió de 15 a 45 remuneraciones diarias por cada año de trabajo.

Además, la tasa de aporte del empleador a Essalud se incrementó de 4% a 6% y eventualmente se equipararía también a la de los demás trabajadores. Finalmente, la tasa de impuesto a la renta (IR) se mantuvo en 15%, en lugar de 30% como corresponde a los demás sectores.

—Condiciones laborales—
En las últimas dos décadas, se registraron mejoras en las condiciones laborales. Según la Enaho, la tasa de formalidad laboral de los trabajadores asalariados de las actividades sujetas a la ley se duplicó entre el 2007 y el 2019. Así, el número de trabajadores asalariados formales pasó de ser 80 000 a 210 000.

Asimismo, la remuneración promedio mensual de los trabajadores asalariados formales (S/ 1.669) de actividades sujetas a la norma excede en 141% a lo percibido por el resto de los asalariados del sector.

A pesar de las mejoras laborales en el sector, existe una gran heterogeneidad según tamaño de empresa. Así, el 97% del empleo formal del sector agrario y agroindustrial se concentra en empresas medianas y grandes. Más aún, las empresas de más de cien trabajadores emplean al 81% de los trabajadores formales. Por el contrario, entre las micro y pequeñas empresas, casi la totalidad (98,9%) de los trabajadores se encuentran en la informalidad.

—Problemas vigentes—
Con la derogación de la ley, se elimina régimen que garantiza la remuneración mínima diaria, que incluye gratificaciones y CTS, y se pasa a otorgar estos beneficios laborales fuera de la remuneración diaria.

Otro aspecto es que se eliminarían los servicios de intermediación laboral, pero estos ya estaban prohibidos para casi todos los trabajadores del sector y la gran mayoría de ellos operaba en la informalidad.

De acuerdo con Germán Lora, abogado laboralista, el uso de empresas de intermediación solo está permitido en casos de suplencia o para labores ocasionales. Así, su eliminación no representará un cambio respecto de lo ya contemplado en la ley que regula el uso de empresas de intermediación.

Para Lora, el problema no está en modificar la norma, sino en fortalecer la labor fiscalizadora de la Sunafil y el Ministerio de Trabajo, ya que se trata de evitar el uso ilegal de intermediarios informales que no cumplen la legislación laboral.
Fuente: IPE

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