24.8 C
Tarapoto
domingo, enero 26, 2025
spot_img

Tras entrar en vigencia Ordenanza 334, camioneta municipal recibe primera papeleta

POLICÍA IMPONE PAPELETA
POLICÍA IMPONE PAPELETA

Moyobamba. Aunque parezca increíble, tras haberse puesto en vigencia desde ayer miércoles 1 de junio la ordenanza Nº 334 que prohíbe el ingreso de vehículos de servicio público a la plaza de Armas y establece además las nuevas zonas rígidas, el primer vehículo en ser sancionado fue la camioneta de propiedad de la municipalidad, en el que se traslada el mismo alcalde Ing. Oswaldo Jiménez Salas.

El hecho ocurrió al promediar las 10:30 de la mañana, momentos en que la camioneta marca Toyota color guinda con placa de rodaje Nº GI- 908 conducida por Michael Gonzales Muñoz, se encontraba estacionada en la primera cuadra del jirón Pedro Canga, zona que, de acuerdo a la nueva norma local, se encuentra establecida como zona rígida, es decir, prohibida de estacionarse.

Al momento de la intervención, el conductor intentó salir del lugar, sin embargo, ante la presencia de varios medios de comunicación que se encontraban coberturando la inauguración de la nueva infraestructura del CETPRO San Luis que está ubicado a pocos metros, no le quedó otra cosa más que permitir que el efectivo policial que lo intervino le aplique la sanción, imponiéndole su papeleta.

Luego, a unos minutos el conductor retiró el vehículo del lugar, llevándolo a estacionar a una zona permitida y se dirigió al interior de la municipalidad donde se desconoce con qué funcionario o autoridad se habría encontrado para decirle lo que había pasado, ya que sobre todo se encontraba bastante preocupado debido a que varios medios de comunicación habían tomado imágenes del preciso momento de la intervención.

Tras lo acontecido, el regidor Gilbert Puscán Ruiz, impulsor de la ordenanza señaló que el conductor ha infringido el reglamento de tránsito al estacionarse en una zona rígida y por lo tanto está muy bien la actitud del efectivo policial. Así mismo, dio a conocer que este conductor ha sido llamado severamente la atención mediante un memorándum.

Al preguntar la razón por la cual no fue retenida dicho vehículo como lo estipula la ordenanza 334 en su artículo 14 sobre las sanciones, el regidor atinó a mencionar que esta sanción solo es aplicable para aquellos vehículos que brindan servicio de transporte público, lo cual no corresponde en este caso específico, argumentó. (Franclin Lavan)

Artículos relacionados

Mantente conectado

34,594FansMe gusta
408SeguidoresSeguir
1,851SeguidoresSeguir

ÚLTIMOS ARTÍCULOS