Decreto Supremo 038-2025-PCM
De los 6 distritos de la provincia de Alto Amazonas en la región Loreto, solo Yurimaguas, fue declarado en Estado de Emergencia, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Así lo define el decreto supremo 038-2025-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 21 del presente mes.
Los pobladores de los distritos de Jeberos, Santa Cruz, Lagunas, Teniente Cesar López y Balsapuerto, se preguntan, ¿y nosotros? ¿o es acaso que el informe de los impactos no se entregó a tiempo?
La norma autoriza a los gobiernos regionales y locales (de alcance del decreto), a ejecutar las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
La emergencia alcanza a más de 50 distritos distribuidos entre algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Puno, San Martín y Ucayali.