El acceso a los medios públicos constituye una herramienta fundamental para dinamizar el debate democrático y mantener informada a la ciudadanía; no obstante, exige una sólida responsabilidad ética y transparencia por parte de los partidos para evitar la desinformación y consolidar el fortalecimiento de la institucionalidad en el país.
En el marco del fortalecimiento institucional y el cumplimiento de la legislación vigente, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) estableció, mediante la Resolución Gerencial n.° 000009-2026-GSFP/ONPE, la lista oficial de los 6 partidos políticos que tendrán acceso al espacio no electoral, una importante modalidad de financiamiento público indirecto que regirá hasta la realización de las próximas Elecciones Generales. Las organizaciones beneficiadas con esta disposición formal son Fuerza Popular, Juntos por el Perú, Partido del Buen Gobierno, Renovación Popular, Partido Cívico Obras y Ahora Nación – AN. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 38° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, este derecho corresponde exclusivamente a aquellas agrupaciones que hayan alcanzado representación en la Cámara de Diputados o Senadores del Congreso de la República durante el proceso electoral inmediato anterior. La normativa precisa además de forma rigurosa que la renuncia posterior de un parlamentario a su bancada original no priva al partido de origen de su espacio asignado, así como la incorporación de dicho legislador a otra agrupación carente de representación tampoco le confiere derecho alguno a esta última sobre dicho beneficio.
La determinación de las fuerzas políticas que lograron superar la valla electoral estipulada en el artículo 20 de la Ley n.° 26859 se fundamenta formalmente en las Resoluciones n.° 1411-2026-JNE y n.° 1412-2026-JNE, emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), las cuales acreditan los resultados oficiales correspondientes a las elecciones de diputados y senadores, respectivamente. En concordancia con los reglamentos aprobados, los partidos con derecho reconocido contarán con un lapso total de 5 minutos mensuales otorgados de manera totalmente gratuita en los medios de comunicación masiva de radio y televisión pertenecientes al Estado, espacio diseñado expresamente para que las dirigencias puedan difundir sus idearios, propuestas legislativas y planteamientos doctrinales a la nación. Finalmente, conforme lo estipulado en la Ley de Organizaciones Políticas, el uso de estas franjas está estrictamente acotado al periodo no electoral, por lo que su emisión quedará suspendida de manera automática a partir del día posterior a la convocatoria oficial de nuevos comicios generales o regionales y municipales, reanudándose únicamente tras la publicación formal en el diario oficial de la resolución del JNE que declare la conclusión definitiva de dichos procesos electorales.



